El cambio de CEE por aumento o disminución de la capacidad (de 110 a 220 V o viceversa), puede ser solicitado por el cliente o por orden de los inspectores.
- El cliente tramita la solicitud del cambio de CEE en la Oficina Comercial de su localidad, a través del funcionario que atiende Movimiento de Consumidores.
Los inspectores pueden solicitar cambio de CEE ante:
- CEE defectuoso.
- CEE inadecuado por aumento o disminución de carga.
- CEE quemado o roto
A partir de la fecha de aprobado el cambio, la Oficina Comercial encargada de realizar esta labor, dispondrá de 30 días hábiles para ejecutarlo.
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