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Empresa de Seguros

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¿Quiénes se consideran asegurables?

Se consideran asegurables las personas naturales, cubanas o extranjeras residentes en el territorio nacional, siempre que cumplan los requisitos de asegurabilidad, y sus edades oscilen entre 18 y 77 años cumplidos.

Se consideran personas no asegurables en el momento de concertación de la póliza (nuevos contratos) los incapacitados físicos y mentales, sordos, ciegos, miopes con más de 10 dioptrías, paralíticos, epilépticos, toxicómanos o aquellas personas que constituyan un riesgo de accidente agravado en razón de defectos físicos o enfermedades graves que padezcan, o de las secuelas de las que hubieran padecido, ejemplo: personas que en la concertación inicial de la póliza declaren estar enfermos de cáncer, SIDA, esclerosis múltiple, Alzheimer, lupus, ataxia, u otra enfermedad grave e incurable con peligro para la vida.

 

SEGUROS PARA PERSONAS NATURALES

  • Riesgos cubiertos +

    El riesgo principal cubierto es LA MUERTE del asegurado por enfermedad o accidente exceptuando las exclusiones, ésta cobertura es obligatoria en la contratación y beneficia a terceras personas designadas por el asegurado, la suma asegurada en esta cobertura puede oscilar desde 1000 hasta 50000 pesos siempre en múltiplos de mil. Read More
  • Modalidad de contratación +

    Este seguro puede contratarlo de manera INDIVIDUAL o COLECTIVA. Al contratarlo de manera colectiva la ESEN le ofrece descuentos comerciales de acuerdo a la cantidad de integrantes. Read More
  • Viajes hacia Cuba +

    El Seguro de Viajes hacia Cuba está dirigido a todos los viajeros extranjeros y cubanos residentes en el exterior que ingresen al país. Este seguro es obligatorio desde el 1ro de Mayo del 2010 a raíz de la publicación el 26 de febrero de 2010 en la Gaceta Oficial del Acuerdo 6774 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de la República de Cuba, exigiendo a todos los viajeros, extranjeros y cubanos residentes en el exterior para su entrada al país que cuenten con una póliza de seguros con cobertura de gastos médicos expedida por entidades aseguradoras reconocidas en Cuba. Read More
  • Vehículo de transporte terrestre +

    Seguro de carácter voluntario dirigido a resarcir los daños causados a cualquier tipo de vehículo de motor, asegurable de transporte terrestre. Podrán contratarlo cualquier persona natural cubana, extranjera o sin ciudadanía, residente en el territorio nacional. En este seguro la cobertura principal es Daños Materiales, debiéndose contratar al menos uno de los riesgos que la integran: Incendio, Rayo, Explosión y Transporte, Choque o Vuelco, Sustracción y Cubierta Comprensiva. Read More
  • Responsabilidad civil +

    Este seguro cubre la Responsabilidad Civil en que pueda incurrir el Asegurado como consecuencia de daños o perjuicios causados a terceros. Los daños pueden ocasionarse a las personas produciendo en ellas lesiones corporales o muerte y a la propiedad ajena (incluyendo a los animales). Read More
  • Incendios +

    Es un seguro que protege sus inmuebles en calidad de vivienda y el contenido de los mismos (mobiliarios, equipos, utensilios y enseres). Read More
  • Temporario de vida +

    Está diseñado para cubrir la necesidad económica que se produce ante el fallecimiento de una persona cuyos ingresos personales son determinantes en la economía familiar. Read More
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SEGUROS PARA EL SECTOR AGROPECUARIO

  • Bienes agrícolas +

    Se aseguran todos los cultivos temporales o de ciclo corto (viandas, granos y hortalizas), así como las plantaciones permanentes de café, cacao, caña de azúcar, plátano, frutales y flores. Se brinda protección a los siguientes bienes: Cultivos de tabaco, hortalizas, granos, arroz y viandas. Tabaco tapado Café y cacao Siembra de caña de azúcar Caña de azúcar Plátano Cultivos protegidos Cítricos Frutales Semilleros Viveros Forestales Organopónicos Cultivo temporal de flores Plantaciones permanentes de café y cacao Plantaciones permanentes de caña de azúcar Plantaciones permanentes de plátano Plantaciones permanentes de frutales Fomento de plátano Plantaciones permanentes de flores. Al asegurar estos bienes se amparan contra los daños o pérdidas ocasionados por o a consecuencia de Ciclón (Depresión, Tormenta Tropical, Huracán), manga de viento, tornado, inundación, lluvias intensas, granizo, sequía, incendio, así como plagas y enfermedades siempre que los cultivos hayan sido sembrados en las fechas óptimas según los calendarios aprobados por los organismos competentes. En esencia se asegura el desarrollo vegetativo y la producción de las plantas, con sus costos y rendimientos esperados. El objeto de seguro de un cultivo temporal puede ser la inversión realizada al mismo o el rendimiento. Read More
  • Seguro a la inversión +

    Asegurar la Inversión le garantiza al asegurado el reembolso de la inversiones efectuadas hasta el momento en que se produjo el siniestro, o la producción dejada de obtener, valorada al costo de la inversión. Read More
  • Seguro de rendimiento +

    Cuando el objeto de seguro es el rendimiento o la producción de un cultivo, el valor tenido en cuenta para su aseguramiento es el que debe alcanzar el productor al finalizar la cosecha a partir de un nivel esperado de producción por unidad de área, tomando como base el rendimiento promedio obtenido en las tres campañas anteriores, el rendimiento planificado, la tecnología empleada las condiciones de los suelos y el clima en relación con las plantas y la experiencia del productor en el manejo de la producción. Read More
  • Seguro de plantaciones permanentes +

    Las plantaciones permanentes constituyen un patrimonio de gran valor que debe contar con la protección financiera adecuada para el pronto restablecimiento o rehabilitación de los mismos en caso de afectaciones por desastres. Read More
  • Bienes pecuarios +

    Amparan las muertes y sacrificios de los animales, así como la pérdida de su capacidad para cumplir el propósito a que estuvieren destinados al momento de suscribirse el contrato, siempre que estos se produzcan por o a consecuencia de riesgos climatológicos, enfermedades a partir de los treinta (30) días posteriores a la entrada en vigor del seguro y accidentes. De igual forma se cubre: Asfixia, parto patológico, timpanismo y complicaciones operatorias y postoperatorias, siempre que dichas intervenciones hayan sido realizadas por personal veterinario. Read More
  • Patrimoniales agropecuarios +

    Este seguro ampara los bienes del sector agropecuario contra los daños ocasionados por: Ciclón, tornado, manga de viento, inundación, lluvias intensas, granizo, incendio, explosión, fenómenos sísmicos, desplome, caída de objetos y naves aéreas. En algunas líneas pueden cubrirse riesgos específicos como: responsabilidad civil y choque y vuelco. Read More
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Contactos:

Dirección:

General Milanés Nro. 79 La Estrella, Guisa, Granma.

Horario:

  • Lunes y miércoles se atienden los clientes del sector agropecuario de 8.00 am a 12.00 pm y de 2.00 pm a 4.00 pm.
  • Martes, jueves y viernes se atiende a los clientes de Seguro de Vida y cualquier otra modalidad que no sea agropecuario de 8.00 am a 12.00 pm.
  • Martes, jueves y viernes en la sección de la tarde se trabaja en los terrenos cobrando los seguros de vida a los clientes en sus casas.
  • Los sábados de 8.00 a 4.00 pm se realizan visitas de seguimiento a los seguros agropecuarios más vulnerables o de mayor riesgo.

Teléf: 23-392175

Otros contactos de interés:

Dirección de la UEB provincial: Carretera Santiago de Cuba Km 1 2, Bayamo, Granma.

Telf UEB provincial: 23-483187 y 23-483054.

Nombre del director de la UEB provincial: Reymundo Morales Vega.

 

 

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