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Bienes agrícolas

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Se aseguran todos los cultivos temporales o de ciclo corto (viandas, granos y hortalizas), así como las plantaciones permanentes de café, cacao, caña de azúcar, plátano, frutales y flores. Se brinda protección a los siguientes bienes: Cultivos de tabaco, hortalizas, granos, arroz y viandas. Tabaco tapado Café y cacao Siembra de caña de azúcar Caña de azúcar Plátano Cultivos protegidos Cítricos Frutales Semilleros Viveros Forestales Organopónicos Cultivo temporal de flores Plantaciones permanentes de café y cacao Plantaciones permanentes de caña de azúcar Plantaciones permanentes de plátano Plantaciones permanentes de frutales Fomento de plátano Plantaciones permanentes de flores. Al asegurar estos bienes se amparan contra los daños o pérdidas ocasionados por o a consecuencia de Ciclón (Depresión, Tormenta Tropical, Huracán), manga de viento, tornado, inundación, lluvias intensas, granizo, sequía, incendio, así como plagas y enfermedades siempre que los cultivos hayan sido sembrados en las fechas óptimas según los calendarios aprobados por los organismos competentes. En esencia se asegura el desarrollo vegetativo y la producción de las plantas, con sus costos y rendimientos esperados. El objeto de seguro de un cultivo temporal puede ser la inversión realizada al mismo o el rendimiento.

Se aseguran todos los cultivos temporales o de ciclo corto (viandas, granos y hortalizas), así como las plantaciones permanentes de café, cacao, caña de azúcar, plátano, frutales y flores.

Se brinda protección a los siguientes bienes:

  • Cultivos de tabaco, hortalizas, granos, arroz y viandas.
  • Tabaco tapado
  • Café y cacao
  • Siembra de caña de azúcar
  • Caña de azúcar
  • Plátano
  • Cultivos protegidos
  • Cítricos
  • Frutales
  • Semilleros
  • Viveros
  • Forestales
  • Organopónicos
  • Cultivo temporal de flores
  • Plantaciones permanentes de café y cacao
  • Plantaciones permanentes de caña de azúcar
  • Plantaciones permanentes de plátano
  • Plantaciones permanentes de frutales
  • Fomento de plátano
  • Plantaciones permanentes de flores

Al asegurar estos bienes se amparan contra los daños o pérdidas ocasionados por o a consecuencia de Ciclón (Depresión, Tormenta Tropical, Huracán), manga de viento, tornado, inundación, lluvias intensas, granizo, sequía, incendio, así como plagas y enfermedades siempre que los cultivos hayan sido sembrados en las fechas óptimas según los calendarios aprobados por los organismos competentes.

En esencia se asegura el desarrollo vegetativo y la producción de las plantas, con sus costos y rendimientos esperados. El objeto de seguro de un cultivo temporal puede ser la inversión realizada al mismo o el rendimiento.

 

 

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