Baja

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El contribuyente cuando desea causar baja de alguna actividad, debe presentar el documento emitido por el órgano que autorizó el ejercicio de la actividad, todos los de trascendencia tributaria que le fueron entregados al contribuyente, o el acreditativo de la cancelación de su inscripción en el registro correspondiente.

Se establecen como causas de baja del Registro de Contribuyentes las siguientes: